El Ejecutivo pide que en ningún caso se puedan realizar  grabaciones de audiencias públicas por parte de los medios de comunicación, en  su veto al numeral 2 del artículo 563 del proyecto de Código Penal.
El documento señala que esto se sugiere en concordancia de  lo que establece el Código de la Función Judicial. Menciona además que el  registro de estas diligencias podría constituir una herramienta de  amedrentamiento hacia los administradores de justicia, que por presiones  mediáticas podrían perder su imparcialidad al momento de conocer y tomar una  decisión en un caso.
En tanto, en la tipificación de la calumnia, el Ejecutivo  propone que se exceptúe de responsabilidad penal a los profesionales del  derecho que las emitan en la defensa de una causa y plantea que si antes del  dictamen de sentencia la persona que dijo calumnias se retracta, entonces ya no  existe responsabilidad penal.